Artículo 215Condenado trasladado con causa pendiente
Texto oficial
El condenado con firme trasladado a otra por tener causa pendiente será sometido al régimen de penados. En este caso las direcciones de los establecimientos intercambiarán documentación legal, criminológica y penitenciaria.
Qué significa en la práctica
El condenado con firme trasladado a otra por causa pendiente queda sometido al régimen de penados, intercambiándose la documentación entre los establecimientos.