El interno debe ser informado de la infracción que se le imputa, tener oportunidad de presentar sus descargos, ofrecer prueba y ser recibido en audiencia por el director del establecimiento antes de dictar resolución, la que en todos los casos deberá ser fundada. La resolución se pronunciará dentro del plazo que fije el reglamento.
Qué significa en la práctica
El interno debe ser informado de la infracción imputada, presentar descargo, ofrecer prueba y ser recibido en audiencia por el director antes de la resolución, que siempre debe ser fundada.