Ley 24.660

Artículo 90Sospecha de perturbación mental

Texto oficial

— Cuando la falta disciplinaria dé motivos para sospechar la existencia de una perturbación mental en su autor, el director del establecimiento deberá solicitar asesoramiento médico, previo a la decisión del caso.

Qué significa en la práctica

Si la falta hace sospechar una perturbación mental, el director debe pedir asesoramiento médico antes de decidir.

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