Resumen ejecutivo
Ley aprobatoria de dos art├¡culos. El art├¡culo 1 aprueba el Convenio de Cooperaci├│n Cultural y Educativa con Eslovenia, suscripto en Buenos Aires el 4 de mayo de 1994 y compuesto por diez art├¡culos; el art├¡culo 2 es la cl├íusula de forma. Una advertencia de lectura: el texto oficial publicado por InfoLeg escribe la fecha del Convenio como "4 de mayode1994", sin separar las palabras, y el articulado se reproduce verbatim, de modo que la errata se conserva. Eslovenia fue la primera rep├║blica en separarse de Yugoslavia, en 1991, y este Convenio integra la tanda de acuerdos marco casi id├®nticos que la Argentina firm├│ en los a├▒os noventa con los Estados surgidos de esa disoluci├│n: el texto es pr├ícticamente el mismo que el del Convenio con Croacia aprobado por la Convenio cultural y educativo con Croacia, con las diferencias de ordenamiento que se se├▒alan m├ís abajo. Su l├│gica es la del acuerdo marco: no crea organismos, no asigna fondos y no reconoce por s├¡ mismo ning├║n t├¡tulo extranjero; enumera los campos de cooperaci├│n y remite la ejecuci├│n a instrumentos posteriores. El art├¡culo 2 detalla nueve l├¡neas: colaboraci├│n entre organizaciones culturales, cient├¡ficas, t├®cnicas, educativas y de investigaci├│n; intercambio de expertos, profesionales, cient├¡ficos, docentes y estudiantes; intercambio de informaci├│n y material; de libros, peri├│dicos, revistas y publicaciones; de videos y pel├¡culas educativas, cient├¡ficas y art├¡sticas no comerciales; exposiciones de arte y otras manifestaciones culturales; conciertos, recitales, teatro, danza y ballet; conferencias, seminarios y cursos; y traducci├│n y edici├│n de obras cient├¡ficas, literarias y art├¡sticas de autores de ambas Partes. Los art├¡culos 3 a 6 agregan compromisos espec├¡ficos: estimular el estudio del idioma, la literatura y la cultura del pueblo argentino y del esloveno en universidades, instituciones educativas y centros de investigaci├│n; incentivar el otorgamiento de becas de estudio y perfeccionamiento universitario a los nacionales del otro pa├¡s; cooperar, de acuerdo con las posibilidades y la legislaci├│n interna de cada uno, con las comunidades de inmigrantes de la otra Parte residentes en su territorio, para satisfacer sus necesidades culturales y educativas; y estimular la cooperaci├│n directa entre agencias de noticias y sistemas informativos, televisivos y radiales, con intercambio de periodistas de todos los medios. El art├¡culo 7 trata las equivalencias de diplomas, t├¡tulos, grados acad├®micos y dem├ís certificados de estudios: las Partes determinar├ín las condiciones y la medida en que podr├ín reconocerse rec├¡procamente. No es un reconocimiento autom├ítico. El art├¡culo 8 no tiene equivalente en el Convenio con Croacia y agrega un compromiso pr├íctico: cada Parte crear├í, conforme a su legislaci├│n interna, las condiciones necesarias para que los ciudadanos de la otra puedan cumplir las tareas que resulten del Convenio; es la cl├íusula que facilita, por ejemplo, la estad├¡a y el trabajo de un docente o de un investigador enviado en el marco de un programa. El art├¡culo 9 es el instrumento operativo ÔÇöProgramas de Cooperaci├│n acordados por v├¡a diplom├ítica, por per├¡odos determinados, con actividades y condiciones financierasÔÇö y el art├¡culo 10 fija el r├®gimen temporal: entrada en vigor con el canje de instrumentos de ratificaci├│n, duraci├│n de cinco a├▒os y pr├│rroga autom├ítica por per├¡odos consecutivos de cinco a├▒os salvo denuncia por v├¡a diplom├ítica seis meses antes del vencimiento.Objetivo
Establecer el marco bilateral que compromete a la Argentina y a Eslovenia a estimular la cooperación y el intercambio en cultura, ciencia y educación, y a canalizarlo mediante Programas de Cooperación acordados por vía diplomática.Problema que resuelve
Eslovenia declar├│ su independencia de Yugoslavia en 1991 y fue reconocida internacionalmente en 1992: al firmarse este Convenio no exist├¡a entre ambos pa├¡ses ning├║n instrumento bilateral en materia cultural o educativa, porque los que hab├¡a reg├¡an con la Rep├║blica Federativa Socialista de Yugoslavia y su continuidad respecto de los Estados sucesores era jur├¡dicamente incierta. Sin ese marco, cada muestra, cada beca, cada delegaci├│n de docentes y cada acuerdo entre universidades debe negociarse como un caso aislado y sin respaldo. El Convenio da la base estable sobre la que se firman despu├®s los programas concretos, y agrega el compromiso de cada Estado de atender las necesidades culturales y educativas de la comunidad de inmigrantes del otro que reside en su territorio.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes