Ley 24.767

Artículo 103Procedimiento (inhabilitación)

Texto oficial

La solicitud deberá ser presentada por vía diplomática. El procedimiento administrativo será similar al establecido para los pedidos de ejecución de condenas de multa o de de bienes. El ministerio público fiscal representará en el trámite judicial el interés por la ejecución.

Qué significa en la práctica

La solicitud se presenta por vía diplomática y el procedimiento administrativo es similar al de la ejecución de multa o .

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