Ley 24.767

Artículo 105Cumplimiento en el país de nacionalidad

Texto oficial

Las penas privativas de libertad impuestas por un tribunal argentino a una persona que tenga nacionalidad extranjera, podrán ser cumplidas en el país de esa nacionalidad. La solicitud podrá ser presentada por el condenado, por terceros a su nombre o por el Estado de esa nacionalidad.

Qué significa en la práctica

Las penas privativas de libertad impuestas por un tribunal argentino a un extranjero pueden cumplirse en su país de nacionalidad.

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