Artículo 105Cumplimiento en el país de nacionalidad
Texto oficial
Las penas privativas de libertad impuestas por un tribunal argentino a una persona que tenga nacionalidad extranjera, podrán ser cumplidas en el país de esa nacionalidad. La solicitud podrá ser presentada por el condenado, por terceros a su nombre o por el Estado de esa nacionalidad.
Qué significa en la práctica
Las penas privativas de libertad impuestas por un tribunal argentino a un extranjero pueden cumplirse en su país de nacionalidad.