para que proceda la extradición de una persona, el hecho materia del proceso deberá constituir un que tanto en la ley argentina cuanto en la del Estado requirente tenga prevista una pena privativa de libertad con mínimo y máximo tales que su semisuma sea al menos de un año. Si un Estado requiriese una extradición por varios delitos, bastará que uno de ellos cumpla con esta condición para que la extradición pueda ser concedida respecto de los restantes. En caso que la extradición se solicitara para el cumplimiento de una pena, se requerirá, además. que la pena que faltare cumplir fuese no menor de un año de privación de libertad en el momento en que se presente la solicitud.
Qué significa en la práctica
Para que proceda la extradición, el hecho debe ser tanto en la ley argentina como en la del Estado requirente, con pena privativa de libertad cuyo mínimo y máximo sumados y divididos por dos sea al menos un año.