Texto oficial
Será
reprimido con prisión de tres (3) años y seis (6) meses a nueve (9)
años el obligado que mediante declaraciones engañosas, ocultaciones
maliciosas o cualquier otro ardid o engaño, se aprovechare
indebidamente de reintegros, recuperos, devoluciones o cualquier otro
subsidio nacional, provincial, o correspondiente a la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires de naturaleza tributaria siempre que el monto de lo
percibido supere la suma de cuatrocientos mil pesos ($400.000) en un
ejercicio anual.
Obtención fraudulenta de beneficios fiscales