Ley 24.769

Artículo 3Aprovechamiento indebido de subsidios

Texto oficial

Será reprimido con prisión de tres (3) años y seis (6) meses a nueve (9) años el obligado que mediante declaraciones engañosas, ocultaciones maliciosas o cualquier otro ardid o engaño, se aprovechare indebidamente de reintegros, recuperos, devoluciones o cualquier otro subsidio nacional, provincial, o correspondiente a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de naturaleza tributaria siempre que el monto de lo percibido supere la suma de cuatrocientos mil pesos ($400.000) en un ejercicio anual. Obtención fraudulenta de beneficios fiscales

Qué significa en la práctica

Castigaba con 3 años y 6 meses a 9 años a quien, con ardid o engaño, se aprovechara indebidamente de reintegros, recuperos o subsidios de naturaleza tributaria por encima del monto mínimo.

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