Artículo 38Medicamentos y dietoterápicos no producidos en el país
Texto oficial
En caso que una persona con discapacidad requiriere, en función de su patología, medicamentos o productos dietoterápicos específicos y que no se produzcan en el país, se le reconocerá el costo total de los mismos.
Qué significa en la práctica
Si se requieren medicamentos o dietoterápicos específicos no producidos en el país, se reconoce su costo total.