Las obras sociales y todos aquellos organismos objeto de la presente ley, deberán establecer los mecanismos necesarios para la capacitación de sus agentes y la difusión a sus beneficiarios de todos los servicios a los que pueden acceder, conforme al contenido de esta norma.
Qué significa en la práctica
Las obras sociales y demás organismos deben capacitar a sus agentes y difundir a los beneficiarios todos los servicios disponibles.