Ley 24.916

Artículo 1Autor├¡zase al Jefe de Gabinete de Ministros a realizar ampliaciones en los cr├®ditos

Texto oficial

Autor├¡zase al Jefe de Gabinete de Ministros a realizar ampliaciones en los cr├®ditos presupuestarios vigentes dentro del l├¡mite establecido por el art├¡culo 6┬║ de la Ley 24.764, sin sujeci├│n a las disposiciones del art├¡culo 56 in fine de la Administración Financiera.

Qué significa en la práctica

Autor├¡zase al Jefe de Gabinete de Ministros a realizar ampliaciones en los cr├®ditos presupuestarios vigentes dentro del l├¡mite establecido por el art├¡culo 6┬║ de la Ley 24.764, sin sujeci├│n a las disposiciones del art├¡culo 56 in fine de la Administración Financiera.

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