La explotación de los recursos vivos marinos en los espacios marítimos bajo argentina, sólo podrá ser realizada por personas físicas domiciliadas en el país, o jurídicas de derecho privado que estén constituidas y funcionen de acuerdo con las leyes nacionales. Los buques empleados en la actividad pesquera deberán estar inscriptos en la matrícula nacional y enarbolar el pabellón nacional.
Qué significa en la práctica
Sólo pueden explotar los recursos personas domiciliadas en el país con buques de matrícula y bandera nacional.