Ley 25.013

Artículo 19Registración de los contratos

Texto oficial

Todos los contratos de trabajo, así como las pasantías, deberán ser registrados ante los organismos de seguridad social y tributarios en la misma forma y oportunidad que los contratos de trabajo por tiempo indeterminado. Las comunicaciones pertinentes deberán indicar: a) El tipo de que se trata; b) En su caso, las fechas de inicio y finalización del . El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social tendrá libre acceso a las bases de datos que contengan tales informaciones.

Qué significa en la práctica

Obliga a registrar todos los contratos (incluidas pasantías) ante la seguridad social y la AFIP/ARCA, indicando el tipo y las fechas. Combate el empleo no registrado.

Normas relacionadas

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