Artículo 2Cargo: centro de salud, comedor comunitario y destacamento policial
Texto oficial
La transferencia dispuesta en el artículo anterior se realiza con cargo para la entidad beneficiaria de destinar los inmuebles a la construcción de un centro de salud, comedor comunitario y destacamento policial.
Qué significa en la práctica
Los terrenos no se entregan para cualquier uso: el municipio debe construir allí un centro de salud, un comedor comunitario y un destacamento policial. Ese destino es la contraprestación que justifica que el Estado nacional se desprenda de los bienes sin cobrar.