Ley 25.064

Artículo 23El Poder Ejecutivo puede asumir las facultades del Jefe de Gabinete

Texto oficial

Las facultades otorgadas por la presente ley al Jefe de Gabinete de Ministros podrán ser asumidas por el Poder Ejecutivo nacional, en su carácter de responsable político de la administración general del país y en función de lo dispuesto por el inciso 10 del Art. 99 — Constitución Nacional.

Qué significa en la práctica

Aclara que todas las facultades que esta ley le da al Jefe de Gabinete pueden ser ejercidas directamente por el Presidente, en su carácter de responsable político de la administración general del país (artículo 99 inciso 10 de la Constitución Nacional).

Normas relacionadas

← Ver en Presupuesto 1999 completaLeyes