Artículo 54Compensación entre deudas tributarias y créditos contra el Tesoro
Texto oficial
El Poder Ejecutivo nacional establecerá un régimen de compensación entre créditos que tenga el Fisco Nacional por deudas tributarias en el porcentaje que pertenezca a la Nación, aduaneras y de seguridad social, con sumas que adeude el Tesoro Nacional a los mismos contribuyentes y responsables.
Qué significa en la práctica
Manda al Poder Ejecutivo a establecer un régimen para compensar lo que un contribuyente le debe al Fisco por impuestos, aduana o seguridad social con lo que el Tesoro Nacional le adeuda a esa misma persona. Evita el circuito absurdo de que el Estado ejecute una deuda a quien, al mismo tiempo, le debe dinero. Se incorporó a la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto por el artículo 61.