Ley 25.066

Artículo 3Objetivos y fines a los que debe destinarse

Texto oficial

El Fondo de Reparación Histórica deberá destinarse a la continuación del proyecto Localización y Restitución de Niños Secuestrados y/o Nacidos en Cautiverio en Argentina, que tendrá como objetivos generales y fines específicos: a) Avanzar en la localización de los niños desaparecidos; b) Completar la información de todas las familias en el Banco Nacional de Datos Genéticos; c) Completar la información obrante en el Banco de Datos Genéticos de la Asociación Abuelas de Plaza de Mayo; d) Completar las investigaciones en curso, para permitir su presentación judicial; e) Restituir la verdadera identidad de los niños (hoy jóvenes) desaparecidos; f) Dar continuidad al apoyo psicológico a los jóvenes restituidos y a sus familias; g) Generar las condiciones que eviten la reiteración de futuras situaciones similares a las vividas.

Qué significa en la práctica

Enumera los siete objetivos que el dinero debe financiar: avanzar en la localización de los niños desaparecidos, completar la información de las familias en el Banco Nacional de Datos Genéticos, completar el banco de datos propio de la asociación, cerrar las investigaciones en curso para poder presentarlas ante la Justicia, restituir la identidad de los jóvenes, sostener el apoyo psicológico a los restituidos y sus familias, y generar condiciones que eviten que algo así se repita.

Normas relacionadas

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