Ley 25.066

Artículo 4Origen de los recursos: el presupuesto del Congreso

Texto oficial

Los recursos necesarios para la conformación del Fondo de Reparación Histórica para la Localización y Restitución de Niños Secuestrados y/o nacidos en Cautiverio en Argentina, serán con cargo al crédito anual aprobado en la Ley de Presupuesto de la Nación asignado a ambas Cámaras del Congreso de la Nación, que aportarán en un 50% cada una la cifra dispuesta en el artículo 2° del presente.

Qué significa en la práctica

La plata no sale de una partida nueva ni del Poder Ejecutivo: sale del crédito anual que la Ley de Presupuesto asigna a las dos Cámaras del Congreso, que aportan la mitad cada una.

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