Ley 25.069

Artículo 3Condición excluyente y cómo se prueba el cumplimiento

Texto oficial

Será condición excluyente para acceder a la transmisión gratuita que dispone el artículo 2° que, al momento de la sanción de esta ley, no se hubiere producido la revocación de por inactividad establecida en el Art. 3 — Ley 19.076. A los fines de acreditar dichos recaudos harán plena fe las constancias de expedidas anteriormente por Ferrocarriles Argentinos o por el ENABIEF en su caso.

Qué significa en la práctica

Hay un filtro: si antes de la sanción de esta ley ya se había revocado la por inactividad (el supuesto del Art. 3 — Ley 19.076), el ocupante queda afuera. Para acreditar los requisitos, la ley le da valor de plena prueba a las constancias de que en su momento emitieron Ferrocarriles Argentinos o el ENABIEF, lo que evita tener que reconstruir expedientes viejos.

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