Ley 25.080

Artículo 12Exención patrimonial

Texto oficial

Las empresas o explotaciones, sean personas físicas o jurídicas, titulares de plantaciones forestales en pie estarán exentas de todo impuesto patrimonial vigente o a crearse que grave a los activos o patrimonios afectados a los emprendimientos forestales. Avalúo de reservas

Qué significa en la práctica

Las plantaciones forestales en pie están exentas de todo impuesto patrimonial.

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