Ley 25.156

Artículo 51Accion de danos

Texto oficial

Las personas físicas o jurídicas damnificadas por los actos prohibidos por esta ley, podrán ejercer la acción de resarcimiento de daños y perjuicios conforme las normas del derecho común, ante el juez competente en esa materia.

Qué significa en la práctica

Las personas damnificadas por los actos prohibidos pueden reclamar la reparacion de los danos.

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