Ley 25.164

Artículo 2Órgano rector y autoridad de aplicación

Texto oficial

El Poder Ejecutivo establecerá el órgano rector en materia de y e interpretación de las disposiciones de este régimen. (Artículo sustituido por art. 10 del Decreto N° 585/2024 B.O. 5/7/2024. Vigencia: a partir de la fecha de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)

Qué significa en la práctica

El Poder Ejecutivo establece el órgano rector en materia de y la .

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