Ley 25.165

Artículo 10El pasante conserva su condición de alumno

Texto oficial

El pasante no perderá en ningún momento su condición de alumno y mantendrá la dependencia académico-administrativa original que lo vinculaba con su unidad educativa.

Qué significa en la práctica

El pasante no pierde en ningún momento su condición de alumno y mantiene la dependencia académico-administrativa que lo vincula con su unidad educativa.

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