Ley 25.188

Artículo 44Magistrados y empleados alcanzados

Texto oficial

Los magistrados, funcionarios y empleados públicos alcanzados por el régimen de declaraciones juradas establecido en la presente ley, que se encontraren en funciones a la fecha en que el régimen se ponga en vigencia, deberán cumplir con las presentaciones dentro de los treinta días siguientes a dicha fecha.

Qué significa en la práctica

Determina los magistrados, funcionarios y empleados alcanzados por el regimen.

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