Ley 25.192

Artículo 3Acreditación del carácter de beneficiario

Texto oficial

El carácter de beneficiario deberá acreditarse con testimonio o copia autenticada de la declaratoria de herederos del fallecido.

Qué significa en la práctica

Exige acreditar la condición de beneficiario con testimonio o copia autenticada de la declaratoria de herederos del fallecido.

Normas relacionadas

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