Ley 25.212

Artículo II.2Infracciones leves

Texto oficial

Infracciones leves Son infracciones leves: a) El pago de las remuneraciones fuera del plazo legal, cuando el atraso fuere de hasta cuatro (4) días hábiles si el período de pago fuera mensual, y de hasta dos (2) días hábiles si el período fuera menor. b) No exponer en lugar visible del establecimiento los anuncios relativos a la distribución de las horas de trabajo c) No otorgar, salvo autorización, el descanso de las mujeres al mediodía cuando correspondiera. d) Cualquiera otra que viole obligaciones meramente formales o documentales, salvo las tipificadas como graves o muy graves. e) Las acciones u omisiones violatorias de las normas de higiene y seguridad en el trabajo que afecten exigencias de carácter formal o documental, siempre que no fueren calificadas como graves o muy graves.

Qué significa en la práctica

Enumera las infracciones leves, como el pago de remuneraciones con un atraso menor al previsto.

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