Artículo 1Declaración de pueblo histórico de la Villa de Medinas
Texto oficial
Declárase pueblo histórico a la Villa de Medinas, departamento de Chicligasta, provincia de Tucumán, de acuerdo a lo dispuesto en las leyes 12.665 y 24.252.
Qué significa en la práctica
Declara pueblo histórico a la Villa de Medinas, en el departamento de Chicligasta (Tucumán). La declaratoria se hace "de acuerdo a lo dispuesto en las leyes 12.665 y 24.252": es decir, el poblado entra al régimen nacional de monumentos y lugares históricos, con la Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos como autoridad de control. La protección alcanza al conjunto urbano, no a un edificio aislado.