Ley 25.233

Artículo 10Derogación de competencias que quedaron sin uso

Texto oficial

Derógase el inciso 49 del artículo 23 del Título V, y el artículo 28 del Título VII de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92).

Qué significa en la práctica

Deroga el inciso 49 del artículo 23 y el artículo 28 de la Ley de Ministerios, que habían quedado vacíos de contenido tras el reparto de competencias que hacen los artículos anteriores.

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