Ley 25.237

Artículo 40Escuela de suboficiales de la Armada en Puerto Belgrano

Texto oficial

Facúltase al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS a comprometer créditos presupuestarios correspondientes a Ejercicios futuros por los conceptos y montos que a continuación se detallan: Hasta la suma anual de SIETE MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS ($ 7.200.000) con más el importe que corresponda en concepto de Impuesto al Valor Agregado, por el término de CINCO (5) años, contados a partir de mes siguiente al de la toma de y pagaderos en cuotas mensuales, iguales y consecutivas, con la finalidad de atender el gasto que demande la compra del nuevo edificio a construirse mediante el sistema "llave en mano" financiado íntegramente por su constructor y a su solo y exclusivo riesgo, destinado a la formación de los Suboficiales de la ARMADA ARGENTINA, en la BASE NAVAL DE PUERTO BELGRANO, PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Dentro de las condiciones precedentes, autorízase al ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA a realizar todos los actos necesarios para el cumplimiento del objetivo allí mencionado.

Qué significa en la práctica

Autoriza a comprometer hasta 7.200.000 pesos anuales más IVA, por cinco años en cuotas mensuales, para adquirir el nuevo edificio de formación de suboficiales de la Armada en la Base Naval Puerto Belgrano, construido bajo el sistema llave en mano y financiado por el constructor a su riesgo. Habilita al Estado Mayor General de la Armada a ejecutar los actos necesarios.

Normas relacionadas

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