Artículo 41Crédito para las universidades nacionales
Texto oficial
Fíjase como crédito total para las Universidades Nacionales la suma de MIL OCHOCIENTOS CUATRO MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL DIECIOCHO PESOS ($ 1.804.347.018), de conformidad con el detalle de la planilla Nº 24 anexa al presente artículo.
Las asignaciones de recursos por Programas, cuyos montos se detallan en la referida planilla, serán distribuidas por el MINISTERIO DE EDUCACION, facultándolo asimismo a establecer los conceptos que componen los mismos y los requisitos destinados a mejorar la calidad, la eficiencia y la equidad de las asignaciones de recursos.
Qué significa en la práctica
Fija en 1.804.347.018 pesos el crédito total para las universidades nacionales, según la planilla 24. El Ministerio de Educación distribuye las asignaciones por programa y puede fijar los conceptos que las componen y los requisitos para mejorar calidad, eficiencia y equidad en el reparto.