Extiéndese a la totalidad de los conceptos integrativos de la Contribución Unificada de la Seguridad Social, con la excepción del mencionado en el inciso e) del artículo 87 del Decreto Nº 2.284/91, el límite máximo correspondiente a las contribuciones patronales establecido en el Art. 9 — Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones.
Qué significa en la práctica
Extiende a los conceptos integrativos de la Contribución Unificada de la Seguridad Social las reglas que indica, con la excepción prevista.