Artículo 5Creación de la Unidad de Información Financiera
Texto oficial
Créase la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA (UIF) que funcionará con autonomía y autarquía financiera en del MINISTERIO DE JUSTICIA, la cual se regirá por las disposiciones de la presente ley.
(Artículo sustituido por art. 13 del Decreto N° 8/2023 B.O. 11/12/2023. Vigencia: a partir de la fecha de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)
Qué significa en la práctica
Crea la Unidad de Información Financiera (UIF), con autonomía y autarquía, en del Ministerio de Justicia.