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Ley de creación de cámaras federales provinciales (2000)
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Art. 2
Ley 25.269
Artículo 2
Funcionamiento, jurisdicción y competencia de las nuevas cámaras
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Texto oficial
El funcionamiento,
jurisdicción
y
competencia
de las cámaras federales que se crean mediante esta ley, además de conservar las funciones y
jurisdicción
que les han sido asignadas por la
Ley de Competencia Penal del Poder Judicial de la Nación
, se regirán por lo dispuesto en los
artículos 3
º y 14 a 25, todos inclusive, de la ley nacional 4055 bajo el resguardo de los
artículos 3
º, 5º, 49 y por el
artículo 50
del decreto 1285/58 (ratificado por la
Ley 14.467
, incluida su modificación por la
Ley de Competencia Penal del Poder Judicial de la Nación
), en lo que sea pertinente y en cuanto esta ley no disponga lo contrario. En materia penal, la
competencia
se circunscribirá a la atribuida en el
Art. 16 — Ley de Competencia Penal del Poder Judicial de la Nación
, con la salvedad derivada de lo establecido en el
Art. 75 — Ley 24.121
. Para entender en los supuestos establecidos en el
Art. 24 — Ley de Implementación del Código Procesal Penal Federal
de la Nación, será competente la Cámara Federal de Apelaciones cabecera del distrito respectivo.
Qué significa en la práctica
Las cámaras federales creadas conservan las funciones y la
jurisdicción
que la
Ley de Competencia Penal del Poder Judicial de la Nación
les había asignado como tribunales orales, y suman las reglas de organización de la
Ley 4055
(
artículos 3
y 14 a 25) y del Decreto
Ley 1285
/58, en lo pertinente. En materia penal su
competencia
sigue siendo la del
Art. 16 — Ley de Competencia Penal del Poder Judicial de la Nación
, con la salvedad del
Art. 75 — Ley 24.121
. Para los casos del
Art. 24 — Ley de Implementación del Código Procesal Penal Federal
(
competencia
de la cámara de apelaciones) entiende la Cámara Federal de Apelaciones cabecera del distrito.
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Art. 3 — Superintendencia
Normas relacionadas
Modifica a
Ley de Competencia Penal del Poder Judicial de la Nación
→
Relacionada con
Ley 23.984 (Código Procesal Penal de la Nación)
→
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