Ley 25.284

Artículo 27Orden público y vigencia

Texto oficial

Esta ley es de orden público y su entrada en vigencia será conforme a la normativa genérica de los artículos 2º y 3º del Código Civil. La aplicación será inmediata aun respecto a las consecuencias y situaciones jurídicas preexistentes.

Qué significa en la práctica

La ley es de orden público: las partes no pueden dejarla de lado por acuerdo. Su entrada en vigencia se rige por las reglas generales del Código Civil y se aplica de inmediato incluso a situaciones y consecuencias jurídicas ya en curso, es decir, a los procesos concursales de clubes que estaban abiertos al sancionarse.

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