Artículo 2Preservación a cargo de la Secretaría de Cultura
Texto oficial
La Secretaría de Cultura de la Nación adoptará los recaudos necesarios para preservar el acervo histórico y cultural de este conjunto, conforme lo establecido en la Ley de Monumentos Históricos.
Qué significa en la práctica
Encomienda a la Secretaría de Cultura de la Nación adoptar los recaudos necesarios para preservar el acervo histórico y cultural del conjunto, remitiendo expresamente al régimen de la Ley de Monumentos Históricos. Es el deber de conservación estatal: la declaratoria no queda en un mero reconocimiento simbólico.