Ley 25.295

Artículo 23Creación del Tribunal de Contralor de los Recursos de Pronósticos Deportivos

Texto oficial

Créase en el ámbito de la Secretaría de Deporte y Recreación del Ministerio de Desarrollo Social y Medio Ambiente, el Tribunal de Contralor de los Recursos de Pronósticos Deportivos, el que dictará su propio reglamento y dará su propia organización. El Tribunal de Contralor de los Recursos de Pronósticos Deportivos será integrado, en carácter ad honorem por: — Tres representantes de la Secretaría de Deporte y Recreación del Ministerio de Desarrollo Social y Medio Ambiente, uno de los cuales ejercerá la presidencia del organismo. — Dos representantes por cada federación o asociación cuyo deporte intervenga en los concursos de Pronósticos Deportivos, mientras los mismos se encuentren vigentes. Será asistido por la estructura de la Secretaría de Deporte y Recreación del Ministerio de Desarrollo Social y Medio Ambiente con las funciones y atribuciones que establezca el Poder Ejecutivo.

Qué significa en la práctica

Crea, dentro de la Secretaría de Deporte y Recreación, un tribunal que controla el destino de los fondos. Se integra ad honorem con tres representantes de la Secretaría (uno preside) y dos representantes por cada federación cuyo deporte participe de los concursos. Dicta su propio reglamento y se apoya en la estructura de la Secretaría.

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