Serán funciones del Tribunal de Contralor de los Recursos de Pronósticos Deportivos:
a) Dictar resoluciones, normas e instrucciones que deberán seguir las entidades deportivas comprendidas en la presente ley;
b) Controlar y fiscalizar la percepción y distribución de los recursos y el destino dado a los mismos;
c) Evaluar y aprobar los planes de saneamiento económicos propuestos por las entidades deportivas;
d) Supervisar la aplicación de todos los fondos que las entidades deportivas reciban de conformidad a lo establecido en la presente ley;
e) Aplicar las sanciones establecidas en la presente ley;
f) Solicitar informes y requerir la documentación necesaria a los efectos de cumplir con sus funciones;
g) Realizar auditorías e inspecciones cuando así lo considere, debiendo la federación o asociación pertinente, poner a disposición lo necesario a tal efecto.
Qué significa en la práctica
El Tribunal dicta las normas que deben seguir las entidades deportivas beneficiarias, controla la percepción y distribución de los fondos y el destino que se les da, evalúa y aprueba los planes de saneamiento económico de los clubes, supervisa la aplicación de los fondos, aplica sanciones, pide informes y documentación y realiza auditorías e inspecciones, que las federaciones deben facilitar.