Ley 25.295

Artículo 29Escala de sanciones

Texto oficial

El Tribunal de Contralor de los Recursos de Pronósticos Deportivos verificará los incumplimientos a las resoluciones, normas e instrucciones emanadas de dicho cuerpo, los que serán sancionados con apercibimiento, en los casos de infracciones leves; con suspensión de pago de los fondos del concurso de Pronósticos Deportivos pertinente que le correspondiere, en los casos de reiteración de infracciones leves; y con multa, en los casos de infracciones graves.

Qué significa en la práctica

El Tribunal verifica los incumplimientos y sanciona: apercibimiento para las infracciones leves; suspensión del pago de los fondos del concurso correspondiente si las infracciones leves se reiteran; y multa para las infracciones graves.

Normas relacionadas

← Ver en Ley de Pronósticos Deportivos (PRODE) completaLeyes