Se considerarán infracciones graves:
a) Ocultamiento deliberado de la infracción mediante registros incorrectos, declaraciones erróneas, fraudulentas u otros arbitrios similares;
b) Ocultamiento de los registros contables en caso de auditoría;
c) Incumplimiento reiterados.
Qué significa en la práctica
Son graves: ocultar deliberadamente la infracción con registros incorrectos, declaraciones erróneas o fraudulentas u otros artificios; ocultar los registros contables en una auditoría; y los incumplimientos reiterados.