Ley 25.362

Artículo 4Fecha desde la que se configura el derecho

Texto oficial

El derecho a este beneficio se configurará a partir del 1° de enero de 2001, no reconociéndose para el pago de haberes ningún período anterior a dicha fecha ni retroactivos anteriores a la fecha de la solicitud.

Qué significa en la práctica

El derecho nace el 1 de enero de 2001. No se pagan haberes por períodos anteriores a esa fecha ni retroactivos previos a la solicitud, de modo que conviene pedirlo apenas se reúnen los requisitos: lo que no se solicita, no se cobra.

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