Artículo 5Ámbito de funcionamiento y rendición de cuentas
Texto oficial
La comisión funcionará en el ámbito de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, y finalizado su cometido deberá rendir cuentas ante la Secretaría Administrativa de dicha Cámara.
Qué significa en la práctica
La comisión funciona en el ámbito de la Cámara de Diputados de la Nación y, terminada su tarea, debe rendir cuentas ante la Secretaría Administrativa de esa Cámara. Es el control sobre los fondos recaudados por suscripción popular.