Ley 25.401

Artículo 89Obras llave en mano financiadas por el constructor

Texto oficial

Facúltase al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS a comprometer créditos presupuestarios de ejercicios futuros para la realización de obras a construirse mediante el sistema de "llave en mano", financiadas íntegramente por los constructores y a su solo y exclusivo riesgo, por los montos máximos, con más los importes que correspondan en concepto del Impuesto al Valor Agregado, y pagaderos en los plazos incluidos en los períodos de gracia, contados a partir de la recepción de conformidad de las mismas, todo ello de acuerdo con el detalle obrante en la planilla anexa al presente artículo. Dentro de los requisitos mencionados en la citada planilla, autorízase a la COMISION NACIONAL DE ACTIVIDADES ESPACIALES (CONAE) del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO a realizar todos los actos necesarios para su cumplimiento.

Qué significa en la práctica

Faculta al Jefe de Gabinete a comprometer creditos de ejercicios futuros para obras a construirse por el sistema llave en mano, financiadas integramente por los constructores y a su exclusivo riesgo, por los montos maximos de la planilla anexa mas el IVA, pagaderas en los plazos de los periodos de gracia contados desde la recepcion de conformidad. Autoriza especificamente a la Comision Nacional de Actividades Espaciales (CONAE) a realizar los actos necesarios para su cumplimiento.

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