Texto oficial
En el plazo de sesenta (60) días hábiles, el Ministerio de Economía de la Nación, deberá notificar a los ex agentes de Y.P.F. S.A. que se hubiesen encontrado trabajando en la empresa el 1° de enero de 1991, las liquidaciones que les corresponda, teniendo en cuenta las pautas indicadas en el artículo 2° de la presente ley. En el supuesto de causa judicial en trámite, el Ministerio de Economía deberá presentar la liquidación en los expedientes respectivos.