Ley 25.471

Artículo 6Entrada en vigencia

Texto oficial

La presente ley comenzará a regir el día de su publicación en el Boletín Oficial.

Qué significa en la práctica

La ley rige desde el día de su publicación en el Boletín Oficial. Ese dato es especialmente relevante acá: como el Poder Ejecutivo la vetó y el Congreso insistió, la publicación recién ocurrió el 4 de octubre de 2002, casi un año después de la sanción.

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