Qué significa en la práctica
Reescribe el artículo 31 de la Carta Orgánica. Los billetes y monedas del Banco tienen curso legal en todo el país por el importe expresado en ellos, y llevan la firma facsimilar del presidente del Banco acompañada de la del presidente de una de las Cámaras del Congreso, según decida el Directorio para cada denominación. Faculta además al Banco a acuñar moneda con valor numismático o conmemorativo, que no queda sujeta a la regla del curso legal por su valor nominal.