Ley 25.564

Artículo 29Sumario por infracción

Texto oficial

En los casos de infracción o presunta infracción a la presente ley, su reglamentación o normas generales, el Instituto instruirá el sumario administrativo correspondiente que asegure el derecho de defensa, y las sanciones serán apelables por ante la autoridad judicial competente dentro de los 10 días de notificadas, previo pago de la multa.

Qué significa en la práctica

Ante una infracción o presunta infracción, el Instituto instruye el sumario correspondiente.
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