Ley 25.565

Artículo 25Credito para las universidades nacionales

Texto oficial

Fíjase como crédito total para las Universidades Nacionales la suma de UN MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SIETE MILLONES SETECIENTOS CUARENTA MIL PESOS ($ 1.797.740.000), de conformidad con el detalle de la Planilla Anexa al presente artículo. Las asignaciones de recursos por Programas, cuyos montos se detallan en la referida planilla, serán distribuidos por el MINISTERIO DE EDUCACION, facultándolo asimismo a establecer los conceptos que componen los mismos y los requisitos destinados a mejorar la calidad, la eficiencia y la equidad de las asignaciones de recursos.

Qué significa en la práctica

Fija el credito total de las universidades nacionales en $ 1.797.740.000, segun la planilla anexa. El Ministerio de Educacion distribuye por programas y puede establecer los conceptos que los componen y los requisitos destinados a mejorar la calidad, la eficiencia y la equidad de las asignaciones.

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