Ley 25.565

Artículo 92Puesta en funcionamiento del Juzgado de 3 de Febrero

Texto oficial

Establécese que los créditos destinados al Poder Judicial de la Nación comprenden el necesario para la puesta en funcionamiento del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional con asiento en la localidad de 3 de Febrero, Provincia de Buenos Aires, creado por Juzgado Federal de Caseros.

Qué significa en la práctica

Establece que los creditos destinados al Poder Judicial de la Nacion comprenden el necesario para poner en funcionamiento el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional con asiento en la localidad de 3 de Febrero, Provincia de Buenos Aires, creado por la Juzgado Federal de Caseros. Crear un juzgado por ley no alcanza: sin partida no abre.

Normas relacionadas

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