Ley 25.583

Artículo 2Acciones educativas por franja etaria

Texto oficial

Las principales acciones educativas a incorporar en los programas sociales señalados en el artículo 1° de la presente ley, comprenderán: a) En la población asistida constituida por niños/ as menores de 5 años: — Incorporación de niños/as en jardines maternales y servicios de educación inicial, fundamentalmente en las áreas de alta vulnerabilidad social. — Incorporación en programas de estimulación temprana, cuando se hayan detectado niños/as con necesidades especiales; b) En la población de 5 a 16 años atendida asistencialmente: — Incorporación o reinserción de niños, adolescentes y jóvenes en los niveles que conforman el tramo de educación obligatoria. Estas medidas se extenderán a los hijos/as de las personas asistidas por los programas sociales; c) En la población conformada por jóvenes y adultos, incluidos en los planes compensatorios: — Cursos de alfabetización. — Inserción en el Régimen Especial de Educación de Adultos, con vistas a la aprobación del nivel de educación general básica. — Programas específicos de orientación y capacitación laboral. — Actividades de educación no formal en áreas relevantes de la realidad socioeconómica cultural: educación para la salud, nutrición, derechos humanos, violencia familiar, defensa civil, formación ciudadana, etc.

Qué significa en la práctica

Detalla qué hay que ofrecer según la edad de la población asistida. Menores de 5 años: jardines maternales y educación inicial, con prioridad en zonas de alta vulnerabilidad, y estimulación temprana si se detectan necesidades especiales. De 5 a 16 años: incorporación o reinserción en la educación obligatoria, extendida además a los hijos de las personas asistidas. Jóvenes y adultos de planes compensatorios: alfabetización, educación de adultos para completar la educación general básica, orientación y capacitación laboral, y educación no formal en salud, nutrición, derechos humanos, violencia familiar, defensa civil y formación ciudadana.

Ejemplo práctico

Una familia beneficiaria de un plan alimentario tiene un hijo de 3 años y una madre que no terminó la primaria: el programa debe ofrecerle al niño una vacante de educación inicial y a la madre un curso de alfabetización o de educación de adultos.

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