Ley 25.600

Artículo 1Qué integra el patrimonio del partido

Texto oficial

El patrimonio del partido político se integrará con los bienes y recursos que autoricen la presente ley y la respectiva carta orgánica.

Qué significa en la práctica

Abre la ley definiendo la regla básica: el patrimonio de un partido político se forma con los bienes y recursos que autorizan esta ley y su propia carta orgánica. Es decir, un partido no puede financiarse con cualquier cosa: solo con las fuentes que la ley habilita y que su estatuto interno prevé.

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